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Informes de dominio y de inhibición: qué son y cómo se piden

Los informes de dominio y de inhibición son documentos necesarios para llevar adelante cualquier transacción inmobiliaria, ya sea la compra, venta o alquiler de un inmueble. Antes de vender una propiedad tenés que asegurarte de tener estos papeles y que todo esté en orden.

Mientras que el informe de dominio se enfoca en el inmueble y corrobora quién es su titular y en qué estado se encuentra, el de inhibición arroja información acerca del propietario.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,  el organismo que se encarga de expedir estos informes es el Registro de la Propiedad Inmueble, el cual observa la situación jurídica de los inmuebles y de las personas. Ambos informes se solicitan a través de la página web y cuentan con un plazo distinto según el tipo de trámite elegido, es decir, común, urgente o urgente exprés.

Si querés saber más sobre qué son estos informes y cómo solicitarlos seguí leyendo este artículo para obtener toda la información al respecto.

En este artículo:

¿Qué es un informe de dominio y qué datos necesitás para solicitarlo?
¿Qué es un informe de inhibición y qué información es necesaria para pedirlo?
¿Cómo pedir los informes de dominio y de inhibición?
¿Qué otra documentación debe ser presentada antes de la venta?

¿Qué es un informe de dominio y qué datos necesitás para solicitarlo?

El informe de dominio certifica la titularidad del inmueble y es fundamental para saber si el mismo está embargado, hipotecado o se encuentra en una situación parecida. En el caso de presentar alguna de estas condiciones la propiedad puede venderse de igual manera pero es importante que se regularice en el momento de la escritura.

Es por eso que es necesario contar con esta información antes de avanzar con la venta para evitar cualquier problema a futuro. Además recordá verificar que quienes figuren como titulares del inmueble sean las mismas personas que aparecen en la escritura.


Este informe se solicita en el Registro de la Propiedad Inmueble y para poder solicitarlo es necesario contar con la siguiente información:

  • Dirección exacta de la propiedad.
  • Número de unidad funcional: esto lo podés encontrar en la escritura.
  • Número de matrícula: este dato es específico de CABA y se encuentra al final de la escritura. En el caso de las casas el formato es XX-XXXX, mientras que si se trata de un departamento es XX-XXXX/XX.
  • Información de catastro: también aplica a CABA y refiere al número de circunscripción, sección, manzana y parcela.

¿Qué es un informe de inhibición y qué información es necesaria para pedirlo?

El informe de inhibición sirve para saber si los propietarios se encuentran inhibidos y, en el caso de estarlo, cuál es el motivo y el monto. Si se da esta situación, es importante verificar la suma para ver si es un total razonable en relación al valor del inmueble.

Este informe es necesario para saber si el propietario es apto para continuar con la transacción o si hay que subsanar y poner en orden alguna situación.


El informe de inhibición también lo podés pedir en el Registro de la Propiedad Inmueble aportando los siguientes datos:

  • Número de DNI del o de los propietarios en caso de ser más de uno.
  • Nombre completo de cada propietario.
  • En el caso de haber una sucesión, se requieren también los nombres completos y DNI de los causantes.
  • Si quien posee el inmueble es una sociedad, se va a solicitar la razón social y el CUIT.

El informe de inhibición puede demorar entre 2 y 5 días hábiles en CABA y un poco más de 10 días hábiles en los registros de otras provincias.

¿Cómo pedir los informes de dominio y de inhibición?

Los informes de dominio y de inhibición se piden en el Registro de la Propiedad Inmueble de CABA o de la Provincia de Buenos Aires, según sea el caso. Este organismo se encarga de registrar la situación jurídica de los inmuebles y de las personas. 

Para los dos documentos el trámite se realiza de manera online a través de su página web y tiene un plazo distinto de acuerdo al trámite elegido. Cada una de estas opciones cuenta con un valor diferente: trámite común, trámite urgente y trámite urgente exprés.

La solicitud del informe de dominio debe ser hecha y firmada por profesionales autorizados, como escribanos, abogados, procuradores, agrimensores, ingenieros, arquitectos, contadores públicos o martilleros, o por cualquier persona que acredite un interés legítimo. Este último caso refiere al propietario y su cónyuge, el acreedor hipotecario o al titular del usufructo.

En el caso del informe de inhibición, el mismo debe ser pedido por la persona en cuestión o por un profesional autorizado y no por terceros interesados.

Con respecto a las matrículas, el folio real electrónico no permite ver el recorrido del inmueble como sí sucede con el folio real. La matrícula digital, por su parte, es una mezcla entre ambos folios. 

Ya sea para el informe de dominio como para el de inhibición los gastos corren por parte del vendedor o, en ciertos casos, la inmobiliaria interviniente se encarga de solicitarlos, ya que garantiza que la persona se encuentra habilitada para avanzar con la compraventa.

¿Qué otra documentación debe ser presentada antes de la venta?

Antes de avanzar con el proceso de la venta de un inmueble es fundamental recabar la información mínima necesaria para asegurarse de que todo se encuentre en orden. Esta cambia según se trate de un inmueble a estrenar o un desarrollo o una propiedad con años de uso

Propiedades usadas

La documentación requerida es la siguiente:

  • Autorización de venta firmada por todos los propietarios.
  • Fotocopia del DNI de cada uno de los propietarios.
  • Escritura completa, incluida la última página con los sellos.
  • Última liquidación de expensas completa.
  • Últimas boletas de servicios: ABL, AySA, Gas y Electricidad.
  • Reglamento de copropiedad.
  • Plano de subdivisión y mensura.
  • Si hubiese: poderes, declaratorias de herederos, boletos o cesiones de derechos.

Propiedades a estrenar o desarrollos

En este caso, la información solicitada depende de si la venta es realizada por una Sociedad (S.A. o S.R.L) o un fideicomiso. 

Si lo vende una Sociedad:

  • Autorización de venta, firmada por el gerente, presidente o quien tenga el poder de firma.
  • Escritura o título de propiedad del terreno.
  • Informe de dominio del terreno.
  • Plano de obra municipal aprobado.
  • En el caso de haber, plano de mensura horizontal de subdivisión. Esto aplica tanto para propiedades terminadas como a estrenar.
  • Si hubiese: reglamento de copropiedad, también para propiedades terminadas o a estrenar.
  • Estatuto de la sociedad.
  • Designación del último gerente.
  • DNI del gerente o de quien tenga el poder de firma.
  • Si hubiese: cesión de boleto.
  • Si hubiese: poder para vender unidades, ya que en muchos casos hay más de un apoderado que tiene la facultad de vender.

Si lo vende un fideicomiso:

  • Autorización de venta firmada.
  • Fotocopia del DNI de cada responsable del fideicomiso.
  • Escritura o título de propiedad del terreno.
  • Informe de dominio del terreno.
  • Plano de obra municipal aprobado.
  • Si hubiese: plano de mensura horizontal de subdivisión, para propiedades terminadas y a estrenar.
  • En el caso de haberlo, reglamento de copropiedad (aplica para propiedades terminadas y a estrenar).
  • Contrato de fideicomiso.
  • Si hubiese: cesión de boleto.
  • Si hubiese: poder para vender unidades (puede haber más de un apoderado con la facultad de vender).

Además, existe el reglamento de copropiedad o plano de subdivisión y mensura. Esto lo suele tener el propietario o la administración del edificio. En el caso de que ninguno lo tenga se puede solicitar a un gestor o a un escribano debido a que se trata de un documento público. 

En algunos casos sucede que esta documentación no existe, y aunque esto no imposibilita la venta del inmueble sí hace que no califique para obtener un crédito.

Para conocer sobre otros temas relacionados con el rubro inmobiliario no dejes de visitar nuestro blog en donde vas a encontrar artículos con información variada y de valor. 

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